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Fiscal: Hacienda rectifica y elimina la casilla que limitaba en IRPF la compensación de las pérdidas patrimoniales por operaciones con criptomonedas

Ya se ha publicado en el BOE la Orden Ministerial que desarrolla los formularios para declarar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de 2022 y, en el apartado de monedas virtuales, desaparece la casilla que limitaba la compensación de las pérdidas patrimoniales por operaciones con criptomonedas.

Hacienda ha rectificado, por tanto, el castigo fiscal sorpresa a las operaciones con criptomonedas en el IRPF sobre lo que os habíamos advertido anteriormente. La Orden Ministerial que desarrolla los formularios para la campaña del IRPF de este año, no contempla la casilla que establecía un límite a la compensación de pérdidas en las operaciones con monedas virtuales. En concreto, la versión final del apartado para declarar “ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o permuta de monedas virtuales por particulares” no recoge la casilla con la leyenda “no imputación de pérdidas por recompra de monedas virtuales homogéneas”, que hasta el jueves pasado aparecía en el programa de la Agencia Tributaria para la confección de la declaración del IRPF 2022.

Ya se ha publicado en el BOE la Orden Ministerial que desarrolla los formularios para declarar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de 2022 y, en el apartado de monedas virtuales, desaparece la casilla que limitaba la compensación de las pérdidas patrimoniales por operaciones con criptomonedas.

Hacienda ha rectificado, por tanto, el castigo fiscal sorpresa a las operaciones con criptomonedas en el IRPF sobre lo que os habíamos advertido anteriormente. La Orden Ministerial que desarrolla los formularios para la campaña del IRPF de este año, no contempla la casilla que establecía un límite a la compensación de pérdidas en las operaciones con monedas virtuales. En concreto, la versión final del apartado para declarar “ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o permuta de monedas virtuales por particulares” no recoge la casilla con la leyenda “no imputación de pérdidas por recompra de monedas virtuales homogéneas”, que hasta el jueves pasado aparecía en el programa de la Agencia Tributaria para la confección de la declaración del IRPF 2022.

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