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Laboral: Reducción retenciones para artistas autónomos y con relación laboral especial

Los artistas han visto rebajadas sus retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) con la entrada en vigor del Real Decreto 31/2023, de 24 de enero, que modifica el reglamento del IRPF.

En este sentido, la retención pasa del 15% al 2% del tipo mínimo para aquellos artistas que estén sujetos a una relación laboral especial, y del 15% al 7% para los que tributen como autónomos con rendimientos inferiores a los 15.000 €.

Estas medidas fueron consensuadas en la Comisión Interministerial para el Desarrollo del Estatuto del Artista y han sido aprobadas por el Consejo de Ministros con el fin de dar cumplimiento a las medidas contenidas en dicha norma en materia de retenciones. Previamente a estas medidas, el Gobierno también aprobó el Real Decreto que promovía una contratación más estable del sector cultural, que incluye una prestación específica para los trabajadores de la cultura al modificar el régimen ordinario de protección social.

Los artistas han visto rebajadas sus retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) con la entrada en vigor del Real Decreto 31/2023, de 24 de enero, que modifica el reglamento del IRPF.

En este sentido, la retención pasa del 15% al 2% del tipo mínimo para aquellos artistas que estén sujetos a una relación laboral especial, y del 15% al 7% para los que tributen como autónomos con rendimientos inferiores a los 15.000 €.

Estas medidas fueron consensuadas en la Comisión Interministerial para el Desarrollo del Estatuto del Artista y han sido aprobadas por el Consejo de Ministros con el fin de dar cumplimiento a las medidas contenidas en dicha norma en materia de retenciones. Previamente a estas medidas, el Gobierno también aprobó el Real Decreto que promovía una contratación más estable del sector cultural, que incluye una prestación específica para los trabajadores de la cultura al modificar el régimen ordinario de protección social.

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